ALÉRGENOS E INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR
Publicado el por apthisa-admin
¡Buenas amigos!
¡Antes de nada os pedimos perdón por nuestra ausencia!¡Han sido- y están siendo-tiempos de cambios para nosotras…! ¡Ya os mantendremos informados de algunos de ellos…!;) Pero ahora que las aguas parecen volver a su cauce retomamos con energía!!!!!!
Nuestro primer post de «la nueva temporada» lo vamos a dedicar a la normativa de información al consumidor, ya que algunos de los puntos más interesantes de este nuevo Reglamento entran en vigor el próximo 14 de diciembre.
Desde la publicación de esta normativa -Reglamento (UE) nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor- se han incluido campos y menciones obligatorias a incluir en el etiquetado de alimentos en unos determinados periodos: información nutricional obligatoria, aceites o grasas vegetales y alérgenos.
Sin embargo la información alimentaria facilitada al consumidor, no siempre figura en el etiquetado ¿Qué pasa en alimentos no envasados? ¿Debe adaptarse de alguna forma los establecimientos de comidas preparadas que sirven directamente al consumidor final? ¿Como aplica esta normativa? Pues sí, ya el Artículo 1 del Reglamento indica que se aplicará a los operadores de todas las empresas alimentarias en todas las fases de la cadena alimentaria, incluidos los alimentos destinados a consumidor final entregados por colectividades y destinados a suministros de colectividades (entendiendo por colectividades cualquier establecimiento, con puesto fijo o móvil como restaurante, comedores, centros de enseñanza, hospitales y empresas de suministros de comida preparada). Concretamente, en lo que refiere a este tipo de alimentos será obligatoria la mención de los alérgenos. Recordemos brevemente a que se refiere este término:
Alérgenos
Un alérgeno es una sustancia que puede inducir una reacción de hipersensibilidad en personas susceptibles que han estado previamente en contacto con él.
En los alimentos envasados, la información sobre los alérgenos deberá aparecer en el etiquetado, en la lista de ingredientes, debiendo destacarse mediante una composición tipográfica que la diferencie claramente del resto de la lista de ingredientes (p. ej., mediante el tipo de letra, estilo o color de fondo).
En ausencia de una lista de ingredientes debe incluirse la mención “contiene”, seguida de la sustancia o producto que figura en listado de Alérgenos incluido en la Normativa:
- Cereales que contengan gluten (trigo, centeno, cebada, avena, espelta, kamut o sus variedades híbridas) y productos derivados
- Crustáceos y productos a base de crustáceos
- Huevos y productos a base de huevo
- Pescado y productos a base de pescado
- Cacahuetes y productos a base de cacahuetes
- Soja y productos a base de soja
- Leche y sus derivados (incluida la lactosa)
- Frutos de cáscara, es decir, almendras (Amygdalus communis L.), avellanas (Corylus avellana), nueces de nogal (Juglans regia), nueces macadamia y nueces de Australia (Macadamia ternifolia), pistachos (Pistacia vera), anacardos (Anacardium occidentale), pacanas [(Carya illinoiesis) (Wangenh.) K Koch], castañas de Pará (Bertholletia excelsa), y productos derivados
- Apio y productos derivados
- Mostaza y productos derivados
- Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo
- Anhídrido sulfuroso y sulfitos en concentraciones superiores a 10mg/kg o 10 mg/litro expresado como SO2.
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