Registro Sanitario RGSEAA: Tramitación para Industrias Alimentarias
¿Qué es el Registro Sanitario de Empresas Alimentarias?
El Registro Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) es un registro de carácter nacional que centraliza la información de todas las empresas del sector alimentario autorizadas en España.
Características principales:
- Es una base de datos accesible para todas las Comunidades Autónomas.
- Su finalidad es proteger la salud pública y los intereses de los consumidores.
- La tramitación se realiza en la Comunidad Autónoma donde está ubicado el establecimiento.
- Permite verificar que los proveedores están autorizados por las autoridades sanitarias.
El número RGSEAA no debe indicarse en el etiquetado de productos, salvo en casos de marcado sanitario específico.
Puede consultar si un proveedor está autorizado en el buscador de la AESAN.
¿Quién necesita obtener el RGSEAA?
La normativa alimentaria establece qué determinadas actividades requieren inscripción en el RGSEAA:
Industrias alimentarias
- Elaboradoras y transformadoras de alimentos.
- Fabricantes de bebidas.
- Procesadoras de productos de origen animal y no animal.
Distribución y logística
- Transportistas de alimentos.
- Almacenes con y sin temperatura regulada.
- Distribuidores mayoristas.
Comercialización
- Importadores de alimentos y bebidas.
- Venta de alimentos por internet.
- Fabricantes de material en contacto con alimentos.
Restauración colectiva
- Cocinas centrales.
- Caterings.
Proceso de tramitación del Registro Sanitario
En Apthisa gestionamos todo el proceso de forma personalizada:
1. Recopilación de documentación
Solicitamos la documentación identificativa del titular y recopilamos información sobre la actividad que desarrolla la empresa.
2. Pago de tasas.
Gestionamos el pago de las tasas correspondientes en función de:
- Tipo de actividad.
- Productos de origen animal (POAS) o no animal (no POAS).
3. Elaboración de la solicitud.
Cumplimentamos la solicitud con una memoria descriptiva detallada que incluye:
- Descripción completa de la actividad.
- Información técnica de las instalaciones.
- Procesos productivos.
- Compromiso de implantación del Sistema de Autocontrol.
Compromiso obligatorio: El titular debe implantar un Sistema de Autocontrol basado en el APPCC en un plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud.
4. Presentación y autorización
- Productos NO de origen animal: La actividad puede iniciarse inmediatamente tras presentar la solicitud.
- Productos de origen animal: Es necesario esperar la inspección previa de las autoridades sanitarias.
Importante: Tenga en cuenta estos plazos para evitar esperas innecesarias en el inicio de su actividad.
Ventajas de tramitar el RGSEAA con Apthisa
Gestión integral personalizada
Cada establecimiento es único. Tramitamos el Registro Sanitario de forma totalmente personalizada, adaptándonos a las necesidades específicas de cada empresa.
Experiencia contrastada
Contamos con amplia experiencia en la tramitación de Registros Sanitarios de diferentes sectores:
- Industrias alimentarias.
- Almacenes y distribución.
- Restauración colectiva.
- Comercio online de alimentos.
Rapidez y agilidad
Nos comprometemos a realizar todos los trámites de la manera más rápida y eficiente posible para evitar demoras innecesarias.
Servicios incluidos
- Tramitación inicial del Registro Sanitario.
- Gestión de modificaciones posteriores.
- Posibilidad de asistencia durante la inspección de las Autoridades Sanitarias.
- Asesoramiento continuo.
Despreocúpese de la burocracia: Nos encargamos de todas las gestiones para que usted pueda centrarse en su negocio.
Preguntas frecuentes sobre el Registro Sanitario
El plazo de tramitación depende del tipo de productos:
- Productos NO de origen animal: Puede iniciar la actividad inmediatamente tras presentar la solicitud.
- Productos de origen animal: Debe esperar la inspección previa de las autoridades sanitarias antes de poder comenzar.
En Apthisa agilizamos al máximo todos los trámites para reducir estos plazos.
Depende del tipo de producto, si los productos no son de origen animal, puedes comenzar la actividad en cuanto presentes la solicitud, en caso contrario, tendrás a recibir la autorización de las autoridades sanitarias antes de realizar la actividad.
Documentación básica necesaria:
- DNI o CIF del titular de la actividad.
- Firma de una autorización para APTHISA.
- El resto nos encargamos nosotros.
Le asesoramos sobre toda la documentación específica que necesita según su tipo de actividad.
No, el número RGSEAA no caduca ni requiere renovación periódica.
Sin embargo, debe comunicarse cualquier modificación:
- Cambio de titular o razón social.
- Cambio de ubicación del establecimiento.
- Ampliación o modificación de la actividad.
En Apthisa gestionamos todas las modificaciones necesarias.
Sí, en Apthisa ofrecemos un servicio integral que incluye:
- Tramitación del Registro Sanitario RGSEAA.
- Diseño e implantación del Sistema de Autocontrol APPCC.
- Formación del personal.
- Asistencia durante las inspecciones sanitarias.
Recuerde que el Sistema APPCC debe estar implantado en un plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud del RGSEAA.
FORMULARIO DE CONTACTO
Puedes ponerte en contacto con APTHISA por cualquier vía sin ningún tipo de compromiso. Estaremos encantados de darte más información o emitirte presupuesto sin ningún tipo de compromiso.
